martes, 13 de agosto de 2013

[326] ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE LOS COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE ESPAÑA

En el próximo mes de noviembre ha de procederse a renovar el cargo de Presidente del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España por expiración del mandato estatutario de su actual titular. 
En consecuencia, de acuerdo con lo previsto en el Art. 58 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior de 5 de abril de 2002 y en el Art. 9º.2 de la Ley de Colegios Profesionales, así como en el articulo 4º del Reglamento de Régimen Interior del Consejo Superior, de 29 de noviembre de 2002, el Pleno del Consejo Superior, en su sesión de 18 de julio de 2013, ha acordado convocar elecciones al cargo de Presidente del CSCAE para el periodo 2014-2017.
El plazo de presentación de candidaturas, en la sede del Consejo Superior, Paseo de la Castellana nº 12, 28046 Madrid, junto con la aceptación de las mismas por los propuestos, comienza el día 1 de septiembre de 2013 y finaliza el día 30 de septiembre, a las 14,00 horas. 
El Pleno del Consejo Superior proclamará candidatos a quienes reúnan los requisitos requeridos, en sesión que tendrá lugar el día 17 de octubre de 2013. 
La proclamación de candidatos, junto con los escritos de aceptación y, en su caso, las declaraciones de propósitos o programas sucintos que presenten los propuestos, serán enviados de inmediato a todos los Colegios de Arquitectos o Consejos Autonómicos.
La elección tendrá lugar en Madrid, en la Sede del Consejo Superior, el día 6 de noviembre de 2013, a las 17,00 horas, en primera convocatoria, o a las 17,30 horas en segunda, si no hubieran concurrido la totalidad de los electores (19), bastando entonces la asistencia de diez de ellos. El voto no es delegable. El procedimiento electoral será el siguiente: 
A) El acto será público y los candidatos tendrán derecho a ser oídos al inicio del mismo. 
B) La elección se efectuará por votación secreta requiriéndose mayoría absoluta en primera vuelta. De no alcanzarse se procederá a una segunda vuelta entre los dos candidatos que hubiesen obtenido más votos, bastando entonces la mayoría simple. Los empates que se produjesen en cualquiera de ambas vueltas se dirimirán mediante votaciones adicionales por mayoría simple.

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